RESEÑA 
                          HISTÓRICA
                          
                           El 25 de octubre de 1864 se promulgó la 
                          ley por la que se creó el partido de General 
                          Las Heras, fijándose sus límites y jurisdicción 
                          por decreto de febrero de 1865. En éste se establecía 
                          que habría de formarse con tierras pertenecientes, 
                          hasta esa fecha, a los distritos de La Matanza, Morón, 
                          Villa de Lujan, Navarro, Lobos y Cañuelas. De 
                          inmediato se procedió al nombramiento del juez 
                          de paz, quien inició sus actividades el lü 
                          de abril de dicho año. 
                          El 19 de febrero de 1867 las autoridades provinciales 
                            decidieron instituir -en aquellos distritos donde 
                            no existieran municipalidades por carecer de un centro 
                            de población- comisiones municipales cuyas 
                            funciones serían asesorar en diferentes asuntos 
                            a los jueces de paz. Este partido, incluido dentro 
                            de esas condiciones, integró una comisión 
                            con destacados vecinos del lugar, que fueron confirmados 
                            en sus cargos por decreto del 27 de junio.
                          En tanto, se gestionaba la fundación de un 
                            centro urbano en el partido. Hacia agosto de 1865, 
                            resultan designados para tal fin los terrenos de Cipriano 
                            Vitlamayor, oponiéndose y dando lugar a que 
                            los antecedentes fueran elevados a la Legislatura.
                          A la espera de la resolución transcurrieron 
                            varios años, durante los cuales se levantaron 
                            dos poblaciones: una de ellas se denominó "San 
                            Cipriano" y se originó en el ofrecimiento 
                            de terrenos que -en 1871 - hizo Paulino Sperati, los 
                            que habían sido heredados por su esposa de 
                            Villamayor. En agosto de ese año el Poder Ejecutivo 
                            autorizó la fundación, advirtiendo que 
                            ello no importaba declararlo cabecera de partido.
                          La otra población fue propuesta también 
                            en 1871 por José Salas, con el nombre de "General 
                            Las Heras" y, no obstante la oposición 
                            de la Municipalidad local, fue autorizada la creación 
                            por el Gobierno, aunque con denominación diferente.
                          Luego de una serie de gestiones y pedidos de los 
                            vecinos de ambos pueblos, agravados con el proyecto 
                            de la Municipalidad de construir otro poblado en terrenos 
                            de Santiago Villamayor, cercano al de San Cipriano, 
                            el Poder Ejecutivo designó una comisión 
                            asesora a efecto .de informar cuál de las dos 
                            poblaciones existentes reunía las condiciones 
                            más adecuadas para ser erigida como cabecera. 
                            Tras el informe presentado (el 14 de junio de 1873) 
                            el Gobierno se expidió mediante decreto del 
                            2 de octubre, declarando cabeza de partido al pueblo 
                            de San Cipriano, que en adelante se denominaría 
                            igual que el distrito. El nombre evoca la memoria 
                            del General Juan Gregorio de Las Heras, de acción 
                            destacada en el Ejército de los Andes y Gobernador 
                            de la Provincia de Buenos Aires de 1824 a 1826.
                          Cabe señalar, por último, que por ley 
                            de 1878 el territorio original del partido fue reducido 
                            para dar lugar a la formación de sus similares 
                            de General Rodríguez y Marcos Paz.
                          Situado en las cercanías de la Capital Federal 
                            (distante 68 km), se halla limitado por los partidos 
                            de General Rodríguez, Marcos Paz, Cañuelas, 
                            Lobos, Navarro y Lujan.
                          Sus campos -ricos en humus-, poco permeables y bajos, 
                            se toman anegadizos en época de lluvias, disminuyendo 
                            la bondad de las tierras por la existencia de arcilla 
                            y greda a pocos centímetros de la superficie; 
                            asimismo, a profundidades que oscilan entre los 4 
                            y 8 metros se obtiene agua potable de buena calidad.
                          La ciudad de General Las Heras -cabecera del partido- 
                            posee una estructura edilicia de antigua data, aunque 
                            en la actualidad se están edificando casas 
                            tipo chalet en sus inmediaciones, destinadas principalmente 
                            a viviendas de fin de semana.
                          Es dable mencionar que cuenta con otras localidades 
                            menores, tales como General Hornos, Lozano, La Choza, 
                            Plomer y E. Fynn que también tiene conexión 
                            con el eje capitalino.
                          Si bien la infraestructura urbana no es totalmente satisfactoria, 
                          se tiene previsto encarar proyectos de inversión 
                          a efecto de proceder al mejoramiento de los servicios 
                          existentes, así como, también, a la instalación 
                          de red cloacal y de gas.